martes, 18 de junio de 2013

TAREA 6 TIPOS DE DOMINIO



QUE ES UN DOMINIO

Técnicamente, un dominio es una dirección nemotécnica o alias de internet. Esta dirección , es la "traducción" a caracteres alfanuméricos de una IP (Internet Protocol), que en realidad es lo que entienden los routers de internet. Una IP está compuesta por 4 series de números y permite que nuestro dominio sea identificado para poder llegar a alcanzar determinada información

TIPOS DE DOMINIO
Existen 2 tipos de dominio: los dominios genéricos y los dominios territoriales.

- Los Dominios Genéricos: (también son denominados dominios internacionales o globales), son los dominios básicos en Internet y los más utilizados a nivel mundial. Están organizados de forma conceptual según sus terminaciones y que a continuación os mostramos en orden de mayor a menor utilización. Los nombres de dominio genéricos tienen terminaciones formadas por 3 letras.
.com: inicialmente previsto para empresas comerciales. Es el dominio más difundido en Internet.
.org: inicialmente previsto para organizaciones sin ánimo de lucro, instituciones y fundaciones.
.net: inicialmente previsto para empresas relacionadas con Internet
.info: esta terminación de dominio por regla general es utilizada por sitios web cuyo principal cometido es la difusión o publicación de contenidos informativos.
.biz: esta terminación proviene de la abreviación de business (negocios en inglés) y su utilización está enfocada a la temática de los negocios.
.edu: los dominios con esta terminación son utilizados para fines educativos.

- Los Dominios Territoriales: (también llamados domnios geográficos), son los dominios mantenidos por cada país. Estos dominios territoriales son utilizados por las organizaciones y empresas que desean establecerse en Internet y proteger la identidad de su marca o su nombre comercial en un país concreto. Los dominios territoriales tienen sus terminaciones compuestas por 2 letras.
En españa, la autoridad competente para el registro de dominios territoriales con el código de país ".es" es ESNIC, departamento de la Entidad Pública Empresarial RED.ES.

El registro de los dominios territoriales de España puede realizarse, bien a través de ESNIC directamente (www.nic.es) o bien a través de cualquiera de los registradores registradores acreditados por ESNIC (Los Agentes Registradores son intermediarios en los procedimientos relacionados con el registro de nombres de dominio bajo “.es” autorizados pro ESNIC y que tienen facultad para asesorar a los usuarios y actuar ante ESNIC para tramitar la asignación de nombres de dominio territoriales de España).

Los dominios territoriales de España están regulados por una normativa bastante más estricta que los genéricos o internacionales.

Existen 2 tipos de dominios territoriales con el código de país .es:
 Dominios territoriales de 2º nivel ".es". Pueden ser solicitados por:
- Las personas físicas españolas o extranjeras que residan en España.
- Las entidades con o sin personalidad jurídica constituidas conforme a la legislación   española.
- Las primeras sucursales de sociedades extranjeras inscritas en el Registro   Mercantil.
- Los Órganos Constitucionales, el Defensor del Pueblo, el Consejo de Estado y el   Tribunal de Cuentas, las Administraciones Públicas españolas y las entidades de   Derecho Público con personalidad jurídica propia, así como los Departamentos   Ministeriales y Consejerías de las Comunidades Autónomas.
- Las embajadas y consulados extranjeros acreditados en España y las   organizaciones i  nternacionales a las que España pertenezca.
Dominios territoriales de 3er nivel .com.es - .nom.es - .org.es - .gob.es - .edu.es.
.com.es: Pueden ser registrados por personas físicas o jurídicas y entidades sin personalidad que mantengan vínculos con España.
.nom.es: Podrán solicitarlo las personas físicas que mantengan vínculos con España.
.org.es: Podrán solicitarlo las entidades, instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que mantengan vínculos con España.
.gob.es: Podrán solicitarlo las Administraciones Públicas españolas y las entidades de Derecho Público de ella dependientes.
.edu.es Podrán solicitarlo las entidades, las instituciones o colectivos con o sin personalidad jurídica que gocen de reconocimiento oficial y realicen actividades relacionadas con la enseñanza o la investigación en España

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